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Llaman a topar endeudamiento

Agencia Reforma | 12/11/2024 | 10:50

En la reforma al crédito de nómina debe existir un límite al nivel de endeudamiento de los trabajadores para reducir el estrés financiero que los aqueja, urgió la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).

"Resulta de vital importancia que exista un límite al nivel de endeudamiento de los usuarios de servicios financieros, ya que, con base en las encuestas de Banxico, un endeudamiento mayor a 30 por ciento y 40 por ciento de los ingresos netos del usuario resulta insostenible y es el principal detonante del estrés financiero. 

"Lo cual se confirma con los resultados de la Encuesta Nacional sobre Salud Financiera", indicó la Comisión.

También pidió eliminar condiciones que puedan generar cláusulas abusivas y cargos injustificados para los usuarios, según sus comentarios enviados al Banco de México (Banxico) sobre su segundo proyecto de reforma a la Circular 3/2012, relativa al uso de prestaciones laborales como respaldo de servicios financieros contratados por trabajadores.

La Condusef sugirió establecer con claridad que los descuentos con motivo del pago de créditos asociados a la nómina no podrán exceder 30 por ciento de los ingresos mensuales del trabajador.

"Se considera necesario informar al cuentahabiente si la suma de los cargos excede de los límites permitidos como descuentos al salario, considerados en los criterios del Poder Judicial como el derecho al mínimo vital", añadió la Comisión en sus comentarios.

El organismo también se pronunció por cambiar algunos elementos planteados en el proyecto a fin de no dar pie a que se generen cláusulas en los contratos de créditos de nómina que podrían ser consideradas abusivas o alejadas de las sanas prácticas.

Las cláusulas abusivas son aquellas que van en contra de la buena fe, desequilibran los derechos y obligaciones de las partes y perjudican al usuario de servicios financieros.

También se considera abusiva una cláusula que no se haya explicado de forma seria, razonable o proporcional, o que establezca cargos, obligaciones o gravámenes injustificados para el usuario, explicó Condusef.

"La tesis de jurisprudencia 131/2023 del Semanario Judicial de la Federación establece que las cláusulas abusivas son contrarias a los derechos humanos y deben considerarse como no puestas", refirió la Comisión.